jueves, 20 de febrero de 2020

Sobre el Decreto 21/2020 de 17 de febrero

Entrada modificada el 26 de febrero de 2020

En estos días se está hablando mucho del nuevo Decreto 21/2020, de la Junta de Andalucía (ver noticia en El Ideal), que regula el proceso de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados. Esta polémica se debe al trato que se le da a la educación privada concertada, y aunque voy a abordar este asunto, me gustaría comenzar por otro.

Las ratios.

Ya sabéis que las ratios son el número máximo de alumnxs que pueden estar en un grupo, y que, como podéis suponer, va a ser algo especialmente importante para la calidad de la enseñanza y el éxito del alumnado. Pues bien, este nuevo decreto no tiene variación respecto a este aspecto, por lo que seguimos con 25 alumnxs en Infantil y Primaria, y 30 en ESO. Me gustaría decir que a algunos políticos se les llena la boca hablando de reducción de ratios, interpretando de forma sesgada los datos, y cuando tienen oportunidad de bajarla realmente (por Ley), no lo hacen.
Extracto del artículo 5 del Decreto 21/2020

Las ratios ilegales.

El curso 19-20 ya hemos sufrido ratios ilegales, ya que en 1º de Educación Infantil (3 años) tenemos 28 alumnxs, con el agravante de que algunos de ellos tienen necesidades educativas especiales. Puedes ver un resumen en esta entrada. Pues este Decreto sigue con el mismo desarrollo de la norma, al igual que los decretos anteriores. Si cualquiera se fija en el punto dos del artículo 5 (imagen anterior), creo que está claro que el incremento del 10% solo puede producirse en periodo no ordinario de matrícula (es decir, durante el curso normal), y por motivos de las familias, no de la Administración. Yo no soy abogado, pero me dicen que si un responsable público hace algo a sabiendas de que no es legal, está incurriendo en un delito de prevaricación. Así lo entiende mucha gente, como el sindicato CCOO, que denunció al exdelegado de educación de Granada, Antonio Jesús Castillo. Pero la fiscalía archivó la denuncia por no apreciar indicios de delito, y no se produjo el juicio (ver noticia en GranadaHoy).

La concertada.

Esto es lo más comentado de este Decreto, y por lo que se están organizando movilizaciones por parte de sindicatos y de Federaciones de AMPAS. Hasta el curso 19-20, la Administración estaba obligada a ofertar plaza pública para todo el alumnado de cada población, pero a partir de este curso,  a la capacidad de los centros públicos se le suma la capacidad de los centros privados. El alumnado puede solicitar plaza donde quiera, como siempre, pero el problema está en qué pasa cuando no hay más plazas públicas; en ese caso el alumnx deberá matricularse en su zona de escolarización, en el centro que le toca (si no hay plaza pública, será concertada), por lo que pudiera ser que algunos alumnxs tengan que matricularse en centros concertados, sin querer (porque sean centros de carácter religioso, etc.).
Esto puede suponer que la Administración "relaje" su oferta progresivamente, es decir, que disminuya las plazas públicas, por lo que, progresivamente, se iría aumentando el alumnado de la concertada y disminuyendo plazas y recursos de la pública. Así podríamos llegar a:

OfertaPlazas = Plazas Públicas + Plazas Concertadas

Cada uno es muy libre de hacer con su vida lo que quiera, y de llevar a sus hijos donde considere que debe llevarlos, pero es una falacia decir que con este decreto se consigue libertad para poder matricular a los hijos donde se quiera. Solo se puede conseguir esa libertad si hay disponibilidad de plazas efectivas en ambos sistemas de escolarización. Considero que este decreto, lo único que hace es permitir la reducción progresiva de unidades en la Educación Pública.

Estamos en el debate de siempre: los recursos públicos deben gestionarse desde el punto de vista de la mejor gestión económica, o buscando que las personas estén bien atendidas, sin crear ciudadanos de primera y de segunda.

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